El Sindicato de Periodistas de Andalucía recurre la externalización de la TV municipal de Granada

El Sindicato de Periodistas de Andalucía recurre la externalización de la TV municipal de Granada

El concurso incumple la legislación audiovisual que obliga a que el servicio de comunicación local sea de gestión directa

El Sindicato de Periodistas de Andalucía (SPA) ha impugnado el concurso convocado por el Ayuntamiento de Granada a través de la empresa municipal Granada Eventos Globales (GECSA) para adjudicar la gestión de la televisión municipal, TG7, por entender que la externalización incumple tanto la Ley General Audiovisual del Estado como la Ley Audiovisual de Andalucía, aprobada por el Parlamento andaluz, que obligan a que la gestión del servicio audiovisual local sea de gestión directa. 

El recurso, elaborado por el servicio jurídico del SPA, señala que esta actividad se encuentra regulada por la Ley Audiovisual de Andalucía, de octubre de 2018, que en su artículo 46 señala: “La prestación del servicio público de comunicación audiovisual de ámbito local se realizará mediante gestión directa (…..) incluirá la propiedad, financiación y explotación de instalaciones e producción de programas, comercialización y venta de sus productos y actividades de obtención de recursos mediante publicidad, así como de cualquier otra actividad patrimonial, presupuestaria, financiera o comercial”

De igual modo, la Ley General Audiovisual establece en su artículo 75.2 que “Las entidades locales gestionarán de forma directa la prestación del servicio público de comunicación audiovisual local, a través de sus propios órganos, medios o entidades”.

Paralización del proceso

El SPA ha reclamado a la alcaldesa, Mari Fran Carazo, la inmediata paralización del proceso de licitación puesto en marcha por GECSA para la explotación por terceros del servicio de radio televisión municipal, por ser ilegal y además entender que GECSA carece de capacidad para ello. Pues estamos ante derechos de emisión que son de titularidad municipal (de los que no puede hacer dejación) y por tanto excede los derechos y competencias de GECSA. 

Por ello el recurso solicita a Carazo que intervenga, como máxima representante del Ayuntamiento a través de sus servicios jurídicos “tomando cuantas medidas sean necesarias para paralizar el presente procedimiento iniciado por GECSA, en cuanto pueda suponer una infracción de la Ley 13/2022”. Asimismo le insta a tomar las medidas necesarias para el mantenimiento de la gestión directa del servicio público de la Televisión y Radio Municipal de Granada. Se trata de un servicio público esencial, patrimonio de todos los granadinos cuya administración corresponde al Ayuntamiento, que no puede ceder su gestión a ningún otro organismo y menos aún para que externalice y privatice su gestión por un tercero, máxime cuando este actúa apropiándose de la titularidad de un bien público que solo corresponde al Ayuntamiento, siendo la alcaldesa como máxima responsable municipal y representante de las granadinas y granadinos, única titular de este bien público.

Gestión directa y externalización

TG7 empezó a emitir en 2009 como Televisión de titularidad municipal, a través de Empresa Municipal de Comunicación Audiovisual (EMCA), tras comprar los equipos de Teleideal. Hasta 2012 en que se disolvió y el servicio pasó a ser gestionado directamente por el propio Ayuntamiento. En 2016 se realizó una encomienda de gestión a la empresa municipal Granada Eventos Globales, GEGSA, que externalizó el servicio, primero con CBM (Grupo Secuoya) y con posterioridad a la actual Mediapro. TG7 tiene en la actualidad 17 trabajadores en plantilla.